Madrid, 2 de abril de 2020. En base al RDL 10/2020 ha cesado la actividad del sector construcción, en principio hasta el 9 de abril. Esta medida se viene a sumar a las anteriormente tomadas para gestionar la gravísima crisis sanitaria del COVID-19.

Es por ello que consideramos imprescindible establecer una serie de medidas de carácter urgente para hacer frente al impacto económico de esta crisis en el sector construcción, no sólo por la supervivencia del sector, sino también por su importante contribución al PIB y al empleo, que debemos, entre todos, de tratar que no decaiga.

La única solución para mantener las empresas en funcionamiento (todas las del sector, independientemente de su tamaño y de que sean contratistas principales, subcontratistas o auxiliares) y poder reanudar la actividad del sector construcción cuando llegue el momento, pasa por mantener los flujos de caja. Es decir, las medidas como las que hasta ahora se han contemplado, como líneas de avales o, en el caso de concesiones, reequilibrios mediante ampliación del plazo de la misma, son insuficientes a estos fines.

Si no se ponen los medios para que las empresas del sector puedan mantener sus flujos de caja van a abocar a las empresas a defenderse mediante el concurso, abocados en muchos casos a la liquidación.

Para conseguirlo hay dos tipos de medidas según el contrato. Unas, la mayoría, no exigen incremento de gasto y se podría hacer con los presupuestos ya consignados. La segunda batería de medidas sí exige un incremento de gasto, que podría estimarse entre los 600-1.000 millones de euros en el conjunto de las AA.PP.

A) MEDIDAS QUE NO EXIGEN INCREMENTO DE GASTO: A IMPLEMENTAR EN OBRAS Y CONCESIONES CON RETENCIONES DE CRÉDITO A 1 DE ENERO

Estas medidas son aquellas que se basan en que las obras y muchas de las concesiones tienen a 1 de enero sus anualidades consignadas, por lo que se solicita hacer uso de todo ese presupuesto con carácter de urgencia. Se propone, sin ser exhaustivos:

  • En obras: 1. Certificar y abonar de forma sumamente ágil y con la menor burocracia, el mes de marzo en las obras. 2. Para los meses siguientes, habilitarla posibilidad de dar anticipos en base al presupuesto del año con la fórmula que se decida.
  • En concesiones: Considerar el reconocimiento del abono en base a un mes “normal” de un año “normal” (p.e. considerar tráficos, consumo de agua, etc…del mismo mes de 2019) para mantener los flujos al servicio de la deuda y evitar el riesgo de default, tanto mayor cuanto más se prolongue en el tiempo la situación actual.
  • En obras privadas: Solicitar al sector bancario la prórroga de los vencimientos y obligaciones de pago al menos dos años hasta que recupere la demanda. En aquellas obras del sector inmobiliario, residencial o no, en las que intervenga un banco vía crédito promotor, el banco tiene que garantizar la cadena de pagos al constructor y al promotor usando la línea de avales del Estado, pero la realidad esperada es que la crisis económica devenida de la sanitaria supondrá que el promotor tendrá más dificultades para vender su producto. Si los bancos no colaboran con esta realidad volverán a quedarse con muchos proyectos, situación claramente indeseable para todas las partes.

B) MEDIDAS QUE EXIGEN INCREMENTO DE GASTO

Estas medidas son aquellas que consideran actividades no contempladas en los presupuestos de las obras así como las necesarias para mantener las concesiones que generan sus propios ingresos.

Para estos casos en particular es fundamental el reconocimiento de la existencia de “fuerza mayor”, lo que es indudable en las circunstancias que estamos viviendo y de conformidad con lo indicado por la FIEC a la Unión Europea.

  • En obras: Regular mediante un expediente de daños los gastos sobrevenidos por la situación generada por la suspensión de la actividad y que deberá valorarse para cada obra (gastos generales de las empresas al haberse prohibido los despidos y bajar los ingresos, vigilancia privada de las obras, costes de reanudación de las obras y reparación de daños causados durante la paralización, extensión de los avales, prórroga de alquileres, incremento de precios de subcontratistas, proveedores y suministradores…etc.).
  • En concesiones: Regular mediante un expediente de daños aquellas concesiones que generan sus propios ingresos, como parkings, gimnasios, etc… en las que, obviamente, sus ingresos han caído a cero. Estas concesiones presentan un riesgo muy alto de cierre en un plazo muy breve de tiempo por el acusado desequilibrio ingresos-gastos.